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Marco Fiscal Para Donatarias Autorizadas Marzo 2014

Oct 13, 2015

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  • Marco Fiscal para las Donatarias Autorizadas

  • TTULO III DEL RGIMEN DE LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO

    LUCRATIVOS

    El artculo 79 de la LISR vigente, establece que no sern contribuyentes del impuesto sobre la renta las personas morales que se listan en el propio artculo. En dicho rgimen fiscal tributan las Donatarias Autorizadas.

    DONATARIA AUTORIZADA Es una organizacin civil o fideicomiso que cuenta con autorizacin por parte del Servicio de Administracin Tributaria (SAT) para recibir donativos deducibles del Impuesto Sobre la Renta.

  • Requisitos para ser Donataria Autorizada

    Al crear o constituir una organizacin civil o fideicomiso es primordial que su objeto social o fines, sean de aquellos susceptibles de autorizarse en trminos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

    Para tal efecto, se considera que el objeto social es el fin que tiene la organizacin o la actividad preponderante que va a llevar a cabo, el cual se seala en el acta constitutiva y estatutos sociales

    Actividades susceptibles de autorizarse: artculo 79 de la LISR vigente

  • Ley del ISR (artculos 79 y 82) Asistenciales

    Educativas

    Investigacin Cientfica o Tecnolgica

    Culturales

    Becantes

    Ecolgicas

    Desarrollo Social

    Reproduccin de especies en peligro de extincin

    Apoyo econmico de Donatarias Autorizadas

    Reglamento de la Ley del ISR (artculos 31 y 114) Obras y Servicios Pblicos

    Bibliotecas y Museos Privados

    ACTIVIDADES AUTORIZABLES

  • Desarrollo Social (Art. 79, fraccin XXV LISR)

    Nuevas Actividades

    a) La promocin de la participacin organizada de la poblacin en las acciones que mejoren sus propias condiciones de subsistencia en beneficio de la comunidad o en la promocin de acciones en materia de seguridad ciudadana.

    b) Apoyo en la defensa y promocin de

    los derechos humanos. c) Cvicas, enfocadas a promover la

    participacin ciudadana en asuntos de inters pblico.

    d) Promocin de la equidad de gnero.

  • e) Apoyo en el aprovechamiento de los recursos naturales, la proteccin del ambiente, la flora y la fauna, la preservacin y restauracin del equilibrio ecolgico, as como la promocin del desarrollo sustentable a nivel regional y comunitario, de las zonas urbanas y rurales.

    f) Promocin y fomento educativo, cultural, artstico, cientfico y tecnolgico.

    g) Participacin en acciones de proteccin civil. h) Prestacin de servicios de apoyo a la creacin y

    fortalecimiento de organizaciones que realicen actividades objeto de fomento en trminos de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.

    i) Promocin y defensa de los derechos de los

    consumidores.

    Nuevas Actividades

  • Requisitos para ser Donataria Autorizada

    Art. 82, fracc. I

    Que se constituyan y funcionen exclusivamente como entidades que se dediquen a cualquiera de los fines a que se refieren las fracciones VI, X, XI, XII, XIX, XX y XXV del artculo 79 de la LISR.

    Art. 82, fracc. IV

    Que destinen sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social, no pudiendo otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona fsica alguna o a sus integrantes personas fsicas o morales, salvo que se trate, en este ltimo caso, de alguna de las personas morales o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos o se trate de la remuneracin de servicios efectivamente recibidos. Con carcter de irrevocable.

    Art. 82, fracc. V

    Que al momento de su liquidacin y con motivo de la misma, destinen la totalidad de su patrimonio a entidades autorizadas para recibir donativos deducibles. Con carcter de irrevocable

  • Requisitos para ser Donataria Autorizada

    ACREDITAMIENTO DE ACTIVIDADES

    Se acreditan las actividades que realizan las organizaciones civiles y fideicomisos, a travs de un documento emitido por una entidad gubernamental que conforme a sus facultades y competencia tenga encomendada la aplicacin de las disposiciones legales que regulan las materias dentro de las cuales se ubiquen las citadas actividades.

    Sealar que le consta que la solicitante realiza actividades conforme a su objeto social y no sea una simple transcripcin del objeto social.

    Revisar que se expida con la denominacin correcta de la organizacin civil o fideicomiso.

  • QU DEBO HACER SI DESEO OBTENER AUTORIZACIN?

    Consultar la informacin en la pgina de internet del SAT: www.sat.gob.mx Revisar el modelo opcional de estatutos disponible en la pgina de internet

    del SAT Analizar los beneficios y obligaciones que implica la autorizacin para recibir

    donativos deducibles. Validar que la documentacin cumpla con los requisitos que establecen las

    disposiciones fiscales aplicables. Presentar la solicitud de autorizacin* junto con los anexos correspondientes,

    de conformidad con el procedimiento vigente previsto en las disposiciones fiscales.

    *Regla I.3.9.2. y ficha 15/ISR del Anexo 1-A de la RMF

  • Portal de internet

    Ingresar a la pgina de internet del SAT www.sat.gob.mx, en el apartado Trmites >> Mi Portal

    Seleccionar la opcin Trmites y Servicios y posteriormente Donatarias diversas solicitudes

    Formato

    Llenar el formato electrnico con los datos requeridos

    Adjuntar la documentacin digitalizada en formato .pdf, comprimidos en formato de almacenamiento .zip

    Tamao mximo de cada archivo 500 kb

    Firma

    Firmar la solicitud con la FIEL de la organizacin

    Una vez firmada se genera el acuse de recibo, mismo que podr guardar o imprimir

    Cmo presentar la solicitud de autorizacin?

    Procedimiento

  • Anexos a la solicitud

    Adjuntar en forma digitalizada la escritura constitutiva y estatutos vigentes o el contrato de fideicomiso y, en su caso, sus modificaciones.

    Adjuntar en forma digitalizada el

    documento que sirva para acreditar las actividades por las cuales se solicita autorizacin, mismo que deber presentarse segn la actividad que se realice.

    Los Instrumentos Notariales debern

    contener los datos de inscripcin en el Registro Pblico de la Propiedad correspondiente, o carta del Notario en la que seale que se encuentra en trmite.

    Documentacin

  • Autorizacin Condicionada Regla I.3.9.7. fraccin V

    La autoridad podr exceptuar hasta por seis meses de presentar el acreditamiento de actividades, a las organizaciones civiles y fideicomisos a que se refiere el artculo 79, fracciones VI, X, XI, XII, XIX, XX y XXV de la LISR y 114 de su Reglamento, cuando: Tengan menos de seis meses de constituidos No hayan operado o desarrollado sus actividades La autorizacin se condicionar a que se presente la documentacin de que se trata ya que en caso contrario, la autorizacin quedar sin efectos.

    Autorizacin del Extranjero

    Regla I.3.9.13.

    Las organizaciones civiles y fideicomisos a que se refiere el artculo 79, fracciones VI, X, XI, XII, XIX y XX de la LISR, podrn tambin solicitar autorizacin para recibir donativos deducibles en trminos del Convenio celebrado entre Estados Unidos y Mxico para evitar la doble tributacin.

  • Autorizacin y Vigencia

    De cumplirse con todos los requisitos, el SAT emitir el oficio-constancia por el que se otorga la autorizacin para recibir donativos deducibles.

    En trminos del artculo 36-Bis del CFF, la autorizacin es vigente nicamente por el ejercicio fiscal por el que se otorgue.

    Los datos de la organizacin civil o fideicomiso se publicarn en el DOF y en el Directorio de Donatarias Autorizadas.

  • Por prdida de vigencia y por revocacin

    Procedimiento para su obtencin

    a) Falta de presentacin del Aviso Anual a que se refiere la regla I.3.9.2. y ficha 17/ISR de la RMF

    Cumplir con lo previsto en la regla I.3.9.12. y ficha 18/ISR Solicitud de nueva autorizacin para recibir donativos deducibles del Anexo 1-A de la RMF vigente Adjuntar la opinin favorable respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales

    b) No surti efectos el Aviso Anual por

    incumplimiento de obligaciones fiscales

    c) Revocacin por incumplimiento de

    requisitos u obligaciones fiscales a las que se encontraba obligada

    Cmo se obtiene la nueva autorizacin?

    Nueva Autorizacin

  • Aspectos Generales

    de las Donatarias Autorizadas

  • Rgimen Fiscal de las Donatarias Autorizadas

    Tributar para efectos fiscales como persona moral con fines no lucrativos.

    Publicacin en el Anexo 14 de la Resolucin Miscelnea Fiscal (DOF) y en la pgina de Internet del Servicio de Administracin Tributaria.

    Puede recibir donativos sin lmite, ya sea en efectivo o en especie, de residentes en el pas o en el extranjero, debiendo expedir los comprobantes respectivos.

    No paga impuestos al comercio exterior por la entrada al pas de mercancas que sean donadas (fines culturales, de enseanza, de investigacin, de salud pblica o de servicio social).

    De manera general no ser contribuyente del ISR.

  • Rgimen Fiscal de las Donatarias Autorizadas

    No tributa por ingresos derivados de:

    Las actividades autorizadas para recibir donativos deducibles Donativos Apoyos o estmulos pblicos Enajenacin de bienes de su activo fijo Cuotas de sus integrantes Intereses Derechos patrimoniales derivados de propiedad intelectual Uso o goce temporal de bienes inmuebles Rendimientos obtenidos de acciones u otros ttulos de crdito

    colocados entre el gran pblico inversionista

    Ingresos gravados:

    Los obtenidos por actividades distintas a las del objeto social por el que fue autorizado para recibir donativos deducibles, cuando dichos ingresos excedan del 10% de sus ingresos totales en el ejercicio de que se trate.

  • Actividades destinadas a influir en la legislacin

    Art. 82, fracc. III

    LISR

    Las Donatarias Autorizadas podrn realizar actividades destinadas a influir en la legislacin, siempre que dichas actividades no sean remuneradas y no se realicen en favor de personas o sectores que les hayan otorgado donativos y adems, proporcionen al SAT la siguiente informacin: a) La materia objeto de estudio. b) La legislacin que se pretende promover. c) Los legisladores con quienes se realice las actividades de

    promocin. d) El sector social, industrial o rama de la actividad econmica

    que se beneficiara con la propuesta. e) Los materiales, datos o informacin que aporten a los

    rganos legislativos, claramente identificables en cuanto a su origen y autora.

    f) Las conclusiones. g) Cualquier otra informacin relacionada que determine el

    Servicio de Administracin Tributaria mediante reglas de carcter general.

    * Regla I.3.9.16 , ficha 23/ISR y artculo Dcimo Segundo Transitorio de la RMF 2014 (1 junio 2014)

  • Derivado de la obligacin de emitir CFDI por los donativos que reciban y las operaciones que realicen, el SAT pone a su disposicin el servicio gratuito de generacin de facturas electrnicas, disponible en el portal de internet www.sat.gob.mx

    Obligacin de emitir CFDI

  • Destinar sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social Al momento de su liquidacin, destinar la totalidad del patrimonio a otra

    Donataria Autorizada. Presentar la informacin relativa a la transparencia del uso y destino de los

    donativos recibidos. Presentar el aviso anual de continuidad. Avisos de actualizacin de informacin. Informar sobre la modificacin a sus estatutos. Expedir CFDI por las operaciones que realicen. Realizar actividades que tengan como finalidad primordial el cumplimiento

    de su objeto social. No destinar ms del 5% de los donativos que reciban para gastos de

    administracin. Llevar contabilidad. Informar a la autoridad fiscal sobre los donativos recibidos cuyo monto sea

    superior a cien mil pesos. Informar de las operaciones con partes relacionadas. Presentar declaracin anual (ingresos y erogaciones efectuadas)

    Principales Obligaciones

  • Avisos de Destruccin de mercanca que perdi valor (Contribuyentes Personas

    Fsicas o Morales)

    Obligacin de ofrecer en donacin mercanca que

    perdi valor* (Contribuyentes Personas

    Fsicas o Morales)

    Registrar Convenios con Donatarias

    Autorizadas

    Solicitar la mercanca que se ofrece en donacin

    (Donatarias Autorizadas Asistenciales)

    Realizar una consulta ciudadana a las operaciones

    realizadas

    Sistema de Destruccin y Donacin de Mercancas

    www.sat.gob.mx

    * Bienes bsicos para la subsistencia humana en materia de alimentacin, vestido, vivienda o salud

  • Donaciones del Extranjero

    Con el objeto de apoyar a las diferentes asociaciones y entidades que reciban donaciones* provenientes del extranjero, exentndolas del pago de los impuestos al comercio exterior por la entrada a territorio nacional de mercancas, y en su caso coadyuvar con las diferentes dependencias competentes para la exencin del cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias correspondientes, se establece un procedimiento a seguir para presentar su solicitud de donacin ante la Administracin Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la AGJ.

    Procedimiento Tradicional Procedimiento electrnico www.sat.gob.mx >> Informacin >> Terceros Autorizados >> Donatarias y Donaciones >> Donaciones del extranjero * Mercanca destinada para la atencin de requerimientos bsicos de subsistencia en materia de alimentacin, vestido, vivienda, educacin, y proteccin civil o de salud de las personas, sectores o regiones de escasos recursos.

  • Calendario de Obligaciones

    Obligacin Ene Febrero Agosto Septiembre

    Presentar la informacin relativa a la

    transparencia y al destino de los

    donativos recibidos correspondientes al

    ejercicio fiscal anterior

    Durante todo el mes

    Aviso Anual de las donatarias

    autorizadas, donde declaran bajo

    protesta de decir verdad, seguir

    cumpliendo con los requisitos y

    obligaciones fiscales para continuar con

    ese carcter.

    Durante todo el mes

    Declaracin informativa de pagos

    efectuados a residentes en el extranjero

    A ms

    tardar el da

    15 Declaracin informativa de donativos

    otorgados

    Declaracin anual por ingresos obtenidos

    y erogaciones efectuadas.

    OBLIGACIONES PARA LA RENOVACIN DEL EJERCICIO 2015

    * Transitorios RMF 2014

    Calendario de obligaciones fiscales

  • Reforma Fiscal 2014 Principales cambios

    LISR CFF RMF

    El lmite a las deducciones personales de las personas fsicas, no es aplicable a los donativos otorgados a Donatarias Autorizadas. Deduccin de Donativos otorgados a la Federacin, estados y municipios, no podr exceder del 4% de la utilidad fiscal. Contina el lmite del 7% para donativos a Donatarias Autorizadas. Mercanca que perdi valor que deba ofrecerse en donacin, nicamente ser la relativa a bienes destinados para la subsistencia humana en materia de alimentacin, vestido, vivienda y salud. Nuevas actividades para ser Donataria Autorizada. Actividades destinadas a influir en la legislacin. Estmulo fiscal vigente hasta el 31 de diciembre de 2015 Decreto publicado en DOF el 26 de diciembre de 2013.

    Obligacin de emitir CFDI Se elimina la obligacin de presentar Dictamen Fiscal*

    * Debe presentarse el relativo al ejercicio 2013. Donatarias exceptuadas regla I.2.19.1 de la RMF vigente

    Cambio de periodo de cumplimiento: aviso anual y declaracin de transparencia. Simplificacin del Anexo 14. Eliminacin de autorizacin previa de convenios adicionales de apoyo econmico. La presentacin de los avisos de destruccin o donacin de mercancas que perdieron valor, ser nicamente a travs de la aplicacin electrnica en la pgina del SAT.

  • Este material es de carcter informativo, por lo que, no establece obligaciones ni crea derechos distintos de los contenidos en las

    disposiciones fiscales aplicables.

    Se prohbe la reproduccin total o parcial de esta obra con fines de lucro

    Elaborado por la ACNII de la AGJ